A- de 2022
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal de Justicia Indígena Zenú del Cabildo Mayor Patio Bonito del Sur de San Andrés de Sotavento –Córdoba y Sucre– y el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Montería (Córdoba).
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en un proceso penal adelantado en contra de varios ciudadanos por los delitos de concierto para delinquir agravado, peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público agravada por el uso.
En el curso del proceso y con posterioridad a la Audiencia de Acusación y previo a la celebración de la Audiencia Preparatoria, el precitado Tribunal presentó solicitud de competencia para que la jurisdicción indígena conociera el asunto, en lo relacionado con uno de los implicados.
Para resolver la anterior petición, el juzgado convocó a una audiencia innominada en la cual la Fiscalía, el Ministerio Público y la ADRES como representante de las víctimas, presentaron razones por las que consideraron que el caso debía ser asumido por la jurisdicción ordinaria en su especialidad penal.
En dicha audiencia el operador jurídico propuso el conflicto positivo de jurisdicciones.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo, la Corte dirimió el asunto declarando que le corresponde a la Jurisdicción Ordinaria el conocimiento el mencionado proceso.
Con base en lo anterior, se ordenó el envío del expediente al l Juzgado Penal del Circuito Especializado de Montería, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Tribunal de Justicia Indígena involucrado y a los demás interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal de Justicia Indígena Zenú del Cabildo Mayor Patio Bonito del Sur de San Andrés de Sotavento -Córdoba y Sucre- y el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Montería, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Montería, conocer el proceso penal con radicado 08001600000020170015100 seguido en contra del señor Otoniel Jerónimo José Roqueme Martínez.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-935 al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Montería, para lo de su competencia y para que COMUNIQUE al Tribunal de Justicia Indígena Zenú del Cabildo Mayor Patio Bonito del Sur de San Andrés de Sotavento -Córdoba y Sucre- y a los demás interesados, sobre la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.